Fuente; Andrea Puentes- Presidencia de la Republica
Bogotá, 27 de mayo de 2025
Los trabajadores tienen derecho a participar de las
jornadas de movilización convocadas para los días 28 y 29 de mayo sin
restricciones, sanciones, descuentos salariales ni ningún tipo de represalia
por parte de los empleadores, sean públicos o privados, manifestó el Ministerio
de Trabajo al reiterar su compromiso como garante de los derechos fundamentales
y el diálogo social.
En circular dirigida a entidades de la Rama Ejecutiva del
orden nacional y territorial, empleadores del sector privado, trabajadores y
ciudadanía en general, la cartera ministerial advierte que así lo establecen la
Constitución Política, el Código Sustantivo del Trabajo y los compromisos
internacionales firmados por Colombia en estos asuntos y que hacen parte del bloque
de constitucionalidad.
Anunció que “en ejercicio de sus facultades de vigilancia
y control, podrá iniciar las investigaciones administrativas correspondientes'
ante la eventual vulneración de los derechos de los trabajadores.
Instó, además, a quienes se consideren afectados
“presentar sus quejas, incluso de forma anónima, por los canales
institucionales dispuestos para tal fin, con el objeto de activar los
mecanismos de protección, verificación e intervención previstos en la normativa
vigente'.
El Ministerio expresó “la necesidad de ponderar las
normas legales aplicables al ejercicio de la actividad empresarial con las
garantías constitucionales y supralegales que protegen a las personas
trabajadoras', conforme con lo dispuesto en el artículo 13 de la Convención
Americana de Derechos Humanos y la Sentencia C-009 de 2018 de la Corte
Constitucional.
De manera particular destacó tener en cuenta que las
normas descritas establecen “los derechos a la libertad de expresión, reunión y
manifestación pública y pacífica como principios fundamentales para la
materialización de una democracia participativa y pluralista, propios del
Estado social y de derecho' deben fundamentarse en el principio de la dignidad
humana y reconocer “la autodeterminación de las personas trabajadoras para
expresar sus opiniones y demandas'.
Ese derecho, agregan los voceros del Ministerio, no puede
comprometer “sus condiciones vitales mínimas ni genera condiciones adversas en
el entorno laboral'.
Fuente: Presidencia de la Republica
0 Comentarios